REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de septiembre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO Nº BP02-F-2013-000135

Vista la diligencia que antecede, de fecha 09 de Agosto del 2.013, suscrito por la ciudadana MARIBEL PEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.212.636 y de este domicilio, debidamente asistido por la Abogada LUZ MARY MARÍN URBANO, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.202, mediante el cual procede a desistir del presente procedimiento y solicita la devolución de los originales consignados; este Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones por él expresados, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena la devolución del original del Acta de Matrimonio, la cual riela al folio cuatro (4) del presente Expediente, previa su certificación en autos, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio. Archívese el Expediente. Cúmplase.
El Juez Temporal,

Alfredo José Peña Ramos
La Secretaria,

Judith Milena Moreno Sabino
En esta misma fecha, no se devolvió el original antes ordenado, por falta de fotostatos. Conste.
La Secretaria,

Judith Milena Moreno Sabino
/Amelia